sábado, 28 de octubre de 2017

RESEÑA HISTORICA DEL LICEO BOLIVARIANO "ANTONIO JOSE DE SUCRE"



 RESEÑA HISTÓRICA 
La Unidad Educativa “Antonio José de Sucre”, está ubicada en El Pueblito, Parroquia Manuel Felipe Rúgeles, Aldea Piar del Municipio Libertad, Capacho Viejo del Estado Táchira.  Fue fundado el 22 de Julio de 1979 durante el Gobierno del presidente Luís Herrera Campis y del Gobernador del Táchira Edgar Florez, denominado para ese entonces Ciclo Básico “Creación del Pueblito” en honor al caserío donde se fundó.
Empezó sus actividades académicas el 16 de Septiembre de ese mismo año con dos (02) secciones cada una de cuarenta (40) estudiantes, en el Grupo Escolar “Dr. José Gregorio Hernández” institución que prestó sus instalaciones para ello.  A finales de Octubre debido a la demanda de cupos se crea otra sección con cuarenta (40) estudiantes, para un total de matrícula inicial de 120, cursantes del Primer Año de Ciclo Básico Común.
El liceo nace con una propuesta de un grupo de campesinos liderado por el Señor Saúl Moros de la comunidad de La Quiquis, quienes plantearon a la Liga Agraria de El Pueblito la necesidad del Liceo para darles oportunidad a los jóvenes de la comunidad y aldeas circunvecinas. La propuesta fue acogida por miembros de la misma entre los que se cuentan los señores Francisco Méndez, Pedro Gámez, y Alida Duarte (secretaria de cultura de la organización) estudiante de bachillerato, quien llegaría a ser por veintiséis (26) años Directora de la institución educativa que se estaba creando.
Estos mismos miembros de la Liga Agraria se encargaron de enviar los oficios a los organismos competentes; no obstante, la creación del liceo se produjo 10 años mas tarde con el apoyo del Lic. Felipe Guerrero, para ese momento Director de la DREA (Dirección Regional de Educación Andes) y el secretario de Educación Municipal de Capacho el Lic. Luís Andrés Villarreal.
Para el inicio de labores es nombrada como Directora la Lic. Alida Duarte, por petición de algunos miembros de la comunidad como Señoras Alba Méndez, Elena Rujano de Méndez y el Señor Baudilio Gómez entre otros, esto  debido a su  contribución con la fundación  del liceo, y a que era oriunda del sector de El Pueblito. Ella fue acompañada en su labor por un valioso grupo de docentes, secretarias y obreros los cuales se nombran a continuación: Lic. Eduviges Bautista docente de Áreas de Exploración y Orientación (A.E.O), el bachiller docente en deportes Alejandro Nieto, Lic. Marcelino Osorio y Lic. Silvestre Vivas Gámez en Matemáticas, Lic. Ciencias Sociales Nelson Duque, Lic. Castellano y Literatura Carmen de Arb y Tomasa del Carmen Mora, Lic. Ingles Dora Rosales y Arecio Gámez y por último Lic. Cs. Biológicas Evelia de Hurtado y Luisa Elena Roa. Así mismo son fundadores la Señora Carmen Villamizar de Gámez como secretaria y el Bedel la Señora Celina Gámez de Carrillo.

En el mes de Julio del año de su fundación se iniciaron labores administrativas especialmente con el proceso de inscripción de estudiantes, sin mobiliario ni recursos, los cuales fueron proporcionados por miembros de la comunidad para realizar dicho proceso.Iniciadas las actividades académicas para el mes de octubre se convoca una reunión de padres y representantes, saliendo como propuesta la creación de la Junta Pro-liceo, cuya finalidad era recoger fondos a través de actividades en la comunidad, ubicar un terreno óptimo que pudiera ser adquirido para la construcción del liceo, esta junta estuvo encabezada por la señora Elena Rujano de Méndez como Presidenta, apoyada por el señor Baudilo Gómez  y la Directora del naciente liceo Licenciada Alida Duarte, conformado por un equipo que recogió  de a medio, a real, a bolívar, a 5 bolívares y el aporte de 50 bolívares del señor Fidel Contramaestre para los fondos de adquisición del terreno.

Bienvenidos A nuevo año escolar 2017- 2018

Ya es la hora de que empiece el nuevo año escolar, y a través de él, aprenderás distintas cosas que marcarán tu educación, crearán en ti nuevos conocimientos, y desarrollarás de manera adecuada, tu educación. Te deseo el mayor de los éxitos en este nuevo año, pues sé que no será fácil, pero sé también de todo el empeño, que le pones a cada cosa, bendiciones”. 

jueves, 18 de mayo de 2017

unidad II "INSTRUCCION PREMILITAR" DERECHOS Y DEBERES DE LOS VENEZOLANOS




unidad II

Los derechos y deberes constitucionales de los venezolanos

Cada persona es única, pues la historia familiar, su cultura, las experiencias, los intereses y las aptitudes los moldean. Cada individuo tiene el derecho a ser como es y de sentirse orgulloso de sí mismo, debido a esto es importante que disfrute de muchas formas de expresar su individualidad. Esta individualidad se ve reflejada en su diversidad de pueblos y culturas, lo cual hace al mundo rico en variedad.


Dentro de esta gran diversidad, para que prospere la tolerancia y la paz, es importante la comprensión de las diferentes culturas dado que cada persona tienen su manera de expresar su individualidad. En Venezuela cada región o Estado tiene una rica herencia cultural, folklórica e histórica. A través del baile se puede ver como cada región expresa su individualidad, sin embargo, cada persona interpreta su baile como lo siente en lo profundo de su ser.



En este punto es importante recordar que en algunas culturas el grupo es visto como más importante que el individuo, también se ha observado que los estereotipos no representan el cuadro total. Debido a esto es significativo conocer como individuos de una sociedad pueden conocer su individualidad sin alejarse de los deberes y derechos que tiene dentro de tal sociedad. Es reconocer el derecho a ser diferente sin dejar de ser responsable, identificar las responsabilidades no son sólo hacia uno mismo sino también hacia la familia, amigos, grupos, comunidad y nación.

Es una cuestión que tiene que ver con el pasado que moldeó la cultura donde uno nació, el ser ciudadano y el futuro, lo que éste podría deparar. La mayoría de los adolescentes saben lo que quiere hacer y ser, lo cual es importante para, especialmente el hecho de no en tratar de ser como los demás. No obstante, dentro de una gran nación cada individuo tiene un papel que desempeñar, pues cada uno depende del otro, para que esto esté bien claro existen leyes que aseguran el cumplimiento de los deberes y derechos de cada ciudadano.

Todo ciudadano venezolano tiene una serie de Derechos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como los órganos que se encargan de canalizar o de hacerlos cumplir, pero muchas veces, o la mayoría de las veces, los venezolanos no conocen sus derechos, y por esta razón son victimas de atropellos y violaciones a su dignidad como personas. Es importante tener presente que así como las personas tienen Derechos también tienen Deberes que corresponden cumplir. Pero resulta que esa serie de derechos no están consagrados de forma expresa en algún texto legal, y si es difícil el acceso al conocimiento de los Derechos entonces es aun más difícil el conocimiento de los Deberes. Sin embargo, y como establece el Código Civil Venezolano en su artículo 1º "La ignorancia de la Ley no excusa de su cumplimiento", por lo tanto, es sumamente necesario conocer los Deberes y Derechos inherentes a los ciudadanos.


Para iniciar el estudio de la gran gama de Derechos y Deberes que corresponden a los venezolanos por mandato constitucional, es importante conocer lo que significa cada una de esas palabras:

El Deber esta referido a la palabra obligación, se puede definir como:
El conjunto de obligaciones, ya sea de orden legal, o convencional, que todo ciudadano debe cumplir, y del cumplimiento de estas obligaciones dependerá el funcionamiento de la Sociedad.
También es necesario saber a que hace referencia la palabra Derechos, siendo así se define:
Como el conjunto de disposiciones jurídicas (leyes) que regulan la conducta del hombre en la sociedad, y establece el conjunto de normas a la 
 que los ciudadanos tienen acceso.


 Las leyes de cada país se encargan que cada individuo pueda ejercer sus derechos pero que también cumpla con sus deberes como ciudadanos de una nación.

De esta forma se encuentran configurados la serie de derechos y deberes a la que tenemos acceso todos y cada uno de los venezolanos, e inclusive algunas personas extranjeras que residen en el país. La observancia y cumplimiento de las mismas, tanto por parte del Estado y sus diversos órganos (Policías, Ministerios, funcionarios públicos, entre otros) y por parte del ciudadano común, contribuirán con la construcción de una Nación mas justa y en armonía social.

Los deberes de los venezolanos

La Constitución Nacional establece e impone una serie de Deberes que deben ser cumplidos por todos los venezolanos y también por los extranjeros que residan en el país. Esa serie de Deberes se pueden clasificar en las siguientes categorías:

1. Deberes para Con La Patria: son el conjunto de obligaciones que tiene todo venezolano o         extranjero residente en el país para con la Nación, estos son:

     • El deber de honrar y defender la Nación.
     • El deber de honrar y defender los Símbolos Patrios.
     • El deber de honrar y defender los valores culturales.
     • El deber de honrar y defender la Nacionalidad.
     
    • El deber de honrar y defender la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la  Nación.      

2. Deberes para con La Constitución y Las Leyes: son el conjunto de obligaciones que se adquieren y deben cumplir, pues las mismas están consagradas expresamente en las Leyes, y el incumplimiento acarrea una sanción. Entre estos están:

     • El deber de cumplir y acatar lo dispuesto en la Constitución Nacional, en las Leyes de la República y en los actos que emanen de los órganos de los Poderes Públicos.

     3. Deberes Sociales: son el conjunto de obligaciones de orden moral, social, de tipo altruista, que invitan a los ciudadanos a colaborar, pero que, en caso de ser necesario, tienen mecanismos de obligatorio cumplimiento. Entre ellos están:

     • El deber de cumplir con las responsabilidades sociales. Por ejemplo, en caso de una calamidad.
     • El deber de participar en la vida política, civil y comunitaria de la Nación.
     • El deber natural de protección de los derechos humanos.
     • El deber de pagar los impuestos, tasas y contribuciones que imponga el Fisco Nacional.
     • El deber de prestar el servicio militar o civil de forma voluntaria.
     • El deber de prestar la colaboración en las funciones electorales cuando el Estado solicite de ellas.
     • El servicio que deben prestar los egresados universitarios a La Comunidad bajo las condiciones que determine La Ley.

Los derechos de cada individuo

Los derechos de los ciudadanos se pueden clasificar de la siguiente manera:
   • Derechos Humanos.
   • Derechos Civiles.
   • Derechos Políticos.
   • Derechos Sociales y de las Familias.
   • Derechos Culturales y Educativos.
   • Derechos Económicos.
   • Derechos de los Pueblos Indígenas.
   • Derechos Ambiéntales.

Los derechos Humanos.

El Capitulo referido a los Derechos Humanos consagra normas novedosas, y le da a los derechos humanos una importancia que antes no tenían estos derechos, y entre las innovaciones se encuentra el reconocimiento de las instancias internacionales para conocer de casos de violación de derechos humanos cuando los órganos nacionales no le den respuestas oportunas y justas a los casos planteados ante sus instancias.

Los Derechos Humanos se pueden definir:

Como el conjunto de derechos y de instituciones, que garantizan, promueven y defienden los derechos inherentes al ser humano, y que se encuentran consagrados en los diferentes Acuerdos o Declaraciones de carácter regional o universal, siendo positivizados en muchos casos por los ordenamientos jurídicos internos. En el caso de Venezuela los Derechos Humanos juegan un papel muy importante y La Constitución de la República consagra en el Titulo III, Capitulo I todo lo referido a la protección de estos derechos.
Los Derechos Civiles como su nombre lo indica:
Son todos esos derechos que pertenecen a cada una de las personas que conforman la colectividad. Esta serie de derechos protegen y garantizan los la integridad física y moral de los ciudadanos, un ejemplo de estos derechos lo constituye:

El derecho a La Libertad que tiene todo venezolano, y siendo esto así, ningún ciudadano puede ser detenido o arrestado sin que el funcionario que lleve a cabo la detención tenga una orden judicial. Un ciudadano sólo puede ser detenido cuando sea sorprendido in fraganti (en el acto) por los funcionarios policiales. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dedica el Capitulo III a este tipo de derechos, denominados Derechos Civiles.

Los Derechos Políticos: Son el conjunto de derechos que tienen los ciudadanos para manifestar su opinión con respecto a aspectos de orden político, como las Elecciones, que es una de las formas de participación de la Sociedad. La Constitución integra un nuevo elemento a este tipo de participación, y esa innovación se configuró en la institución del Referendo. La Participación es una forma de ejercicio de los derechos políticos, dicha participación puede darse a nivel municipal o nacional, lo importante de ella es que el Pueblo este inmerso.

El Voto sin duda, continua siendo la forma más efectiva de participación, el mismo no es obligatorio pero si es un deber cívico. De hecho, la gran diferencia entre las democracias y las dictaduras en cuanto al voto se refiere, es que en las democracias no hay ningún tipo de sanción para con el ciudadano que no ejerza su derecho al voto, cosa contraria sucede en los regímenes dictatoriales.

Los demás aspectos considerados dentro de los derechos políticos son la representación de instituciones que ya existían en las Constituciones anteriores, como por ejemplo el Asilo y el Refugio, y Venezuela acogió a millares de familias provenientes de Europa a raíz de las Guerras Mundiales y de otros conflictos de orden político o social. Un hecho relevante dentro de los Derechos Políticos lo constituye La No Extradición de los venezolanos, establecido expresamente en el segundo párrafo del artículo 69 de la Constitución.

Los medios efectivos de participación del Pueblo se ven configurados en: La Elección de Cargos Públicos, El Referendo, Las Consultas Populares, entre otros, esto desde el punto de vista político; puesto que desde el punto de vista económico y social también existen mecanismos efectivos de participación ciudadana como: Las Cooperativas, Las Instancias de Atención Ciudadana, entre otras.

Los Derechos Sociales y de Las Familias: Son el conjunto de derechos que tienen por objeto la regulación y protección de las instituciones propias del Derecho de Familia, a saber: La Familia, La Adopción, La Maternidad, El Matrimonio, Los Hijos, así como también todo lo referido a la Seguridad Social, la Salud, El Trabajo, Los Salarios, y todo lo relacionado al desarrollo social de los ciudadanos venezolanos.

En la Constitución de 1999 se establece la protección de La Familia por parte del Estado, debido a la importancia de la misma dentro de La Sociedad como institución superior, ya que en su seno se forma a los individuos de La Nación. Dentro de la protección que se le brinda a la institución familiar se encuentra La Libertad que tienen los Padres con respecto a la concepción de los hijos, y el compromiso del Estado al garantizar la Asistencia y Protección a la Maternidad. Se deduce que la Constitución no admite el Aborto como forma de controlar la Natalidad, de hecho el Aborto está penalizado en el Código Penal.

De la Institución de la Familia se derivan una serie de figuras jurídicas propias del Derecho de Familia, como el Matrimonio que la Constitución protege y lo establece como “monogámico”, es decir entre un hombre u una mujer, y no entre personas del mismo sexo. Sin duda, uno de los grandes logros e innovaciones de la Constitución se configura en el reconocimiento del “Concubinato”, donde un hombre y una mujer conviven como pareja sin un acta de matrimonio. 

Los Derechos Culturales y Educativos: son el conjunto de normas que tienen por objeto la ratificación, garantización, acceso y protección de la Cultura, así como también del Sistema Educativo. La Constitución Nacional recalca algunos aspectos de la Cultura, entre los que se destacan:



     • La Libertad de Cultura, y dentro de esta un aspecto muy importante como lo es el reconocimiento por parte del Estado de la Propiedad Intelectual sobre las obras de diversa índole: científicas, literarias, artísticas, patentes, marcas, entre otras.

     • La difusión de la Cultura Venezolana a través de los Medios de Comunicación.

     • La Defensa y Promoción de la Cultura Popular y el Patrimonio Histórico de la Nación. Otro        aspecto innovador es la inclusión de los trabajadores culturales al Sistema de Seguridad Social.


Con respecto al Sistema Educativo se ratifica y se garantiza el acceso de los venezolanos al Sistema Educativo Formal Público (se establece la obligatoriedad) y La Gratuidad en todos sus niveles. Aunque no es un secreto que Venezuela no ocupa un lugar elevado dentro de las naciones con buen nivel instruccional, es importante señalar que en el país existen algunas instituciones tanto públicas como privadas, muchas de las privadas con un gran acceso a personas de clases populares y que ofrecen una educación de calidad a sus alumnos. También se garantiza la actualización permanente y la estabilidad laboral en el ejercicio de la carrera docente, tanto en instituciones públicas como privadas.

Se establece la obligatoriedad en la enseñanza del idioma Castellano, La Educación Ambiental, ciudadana, historia y geografía de Venezuela, así como los Principios del Ideal Bolivariano. Un aspecto de suma importancia que se mantiene es el referido a la “Autonomía Universitaria” y con ella la tan polémica Inviolabilidad del Recinto Universitario.

Los Derechos Económicos: Son el conjunto de preceptos jurídicos que establecen los lineamientos que garantizan y regulan todo lo referido a la Iniciativa Privada y a la Libertad Empresarial así como la autoridad del Estado para controlar dicha actividad.

La Constitución Nacional es muy clara al incluir y aclarar aspectos importantes tales como:

     • El combate para con los Monopolios, y la ayuda a La Libre Competencia. Dicho “combate” al Monopolio no es referido solamente al ámbito comercial, sino también a otras formas de agrupación que lleven al mismo resultado. Y no sólo están referidos a las empresas privadas sino también a las públicas.

     • La consagración constitucional de los llamados “delitos económicos” como: la usura, la        especulación, el acaparamiento, entre otros.

     • La garantización del Derecho a La Propiedad, así como La Expropiación por Causa de Utilidad Pública.

     • La Confiscación de Bienes esta expresamente prohibida, al menos que este referida a casos especiales y mediante sentencia judicial firme.

La defensa al consumidor, La Constitución da las directrices que La Ley debe seguir. Se reconoce el derecho de los trabajadores y la Comunidad para organizarse de forma asociativa, en tal sentido las Cooperativas, Cajas de Ahorro y otras formas de organización de este tipo adquieren mayor relevancia, ya que el Estado asume la tutela y garantía para el desarrollo de las mismas puesto que contribuyen con el desarrollo de La Economía Popular.

Los Derechos de Los Pueblos Indígenas: Son el conjunto de preceptos jurídicos que reconocen y garantizan las diversas formas de manifestaciones de los grupos indígenas venezolanos, así como la protección y la participación en diferentes ámbitos de la vida nacional.

Sin duda alguna, La Constitución Venezolana es pionera y un importante punto de regencia en cuanto al reconocimiento de los Derechos de los Pueblos Indígenas, ninguna Constitución en América y en el resto del mundo integra y reconoce los derechos inherentes a las poblaciones propias de los países de la forma como lo hace esta Constitución. Es importante resaltar la importancia del reconocimiento de estos derechos, puesto que en Venezuela actualmente existen aproximadamente 24 comunidades o pueblos indígenas, cada uno de ellos diferenciados entre si:

       • En el Zulia: Guajiro, Paraujano, Yucpa, Barí, Añi.
       • En Apure: Tunebo. Guajiro. Yaruro.
       • En Guarico: Guajiro.
       • En Anzoátegui: Cariña.
       • En Delta Amacuro: Guarao.
       • En Bolívar: Panare. Mapoyo. Pemón. Sapé. Maquiritare. Arrutan. Yanomami.
   • En Amazonas: Yaharana. Piaroa. Joto. Maquiritare. Yanomami. Piapoco. Puinabe. Curripaco Baniva. Guarequena. Baré. Yeral.
   • En la denominada Zona en Reclamación: Arauco. Cariña. Acahuayo. Patamona. Macusi.        Wapishana. Waiwai.

Con el reconocimiento por parte del Estado de los Pueblos y Comunidades Indígenas, se inicia una nueva etapa para los primeros pueblos de Venezuela, ya que el Estado los incluyó en La Constitución Nacional. En ella se integra y reconoce la necesidad de conservar y proteger la cultura propia de los diferentes grupos indígenas del país. Entre los puntos más relevantes de esta inclusión y reconocimiento se encuentran:

    • El reconocimiento de los Pueblos y Comunidades Indígenas.
    • El Derecho de los Pueblos y Comunidades Indígenas tienen sobre la Propiedad, sobre el territorio en el que han pertenecido a través de los años y con el paso de las generaciones.
  • El Derecho a la Participación Política, en este sentido se destaca la representación de los Pueblos Indígenas ante la Asamblea Nacional.
   • El Derecho al conocimiento y explotación de los Recursos naturales que se encuentran dentro de los territorios donde ellos tienen su asentamiento. A diferencia del común ciudadano, los indígenas integran a la comunidad los diferentes descubrimientos o hallazgos.

Los Derechos Ambientales: Son el conjunto de preceptos jurídicos que establecen los elementos protectores referidos a la conservación del ambiente, diversidad biológica, fauna y parques nacionales.

El Estado tiene la obligación de desarrollar una Política de Ordenación territorial que respete el equilibrio ecológico, geográfico, social, cultural, todo esto de acuerdo con el desarrollo sustentable y donde se tome en cuenta a la población. Los Contratos bilaterales o multilaterales entre el Estado Venezolano y empresas extranjeras para la explotación de recursos naturales deben garantizar la conservación del equilibrio ecológico y el mantenimiento del ambiente. También establece La Prohibición al Estado de permitir el ingreso al país de desechos tóxicos y peligrosos. Y como elemento importante, la Constitución establece expresamente que el Genoma humano no será patentable, solo puede ser objeto de investigación más no del Comercio.
ACTIVIDAD 

1)El estudiante luego de haber visualizado el video  y con ayuda del material (pagina a consultar)
debera realizar un ensayo  de dos  cuartillas..
2) debera realizar un afiche donde promuevas un derecho y un deber que tienes como venezolano

 OJO "                                                                 PAGINA PARA CONSULTAR :

http://www.rena.edu.ve/cuartaEtapa/premilitar/Tema7.html

psicología"unidad II La memoria"


UNIDAD II LA MEMORIA 

Funciones básicas de la memoria: codificación, almacenamiento y recuperación.

Almacenamiento: se le llama a la etapa continua a la codificación; cuando la información ya fue codificada, esta puede ser almacenada en la memoria a corto plazo o a largo plazo
Recuperación: es el proceso final de la memoria, el que nos permite encontrar la información deseada en el momento que la necesitamos. Mediante el recuerdo podemos encontrar información de acontecimientos que fueron guardados en nuestra memoria en el pasado.Dentro de la complejidad de la memoria podemos encontrar tres tipos, con sus respectivas divisiones.

Funciones básicas de la memoria: codificación, almacenamiento y recuperación.
Codificación: es el proceso por el cual la información es preparada antes de ser almacenada. La información puede ser codificada de diferentes formas: información sensorial de tipo visual, acústica, o semántica, a través de imágenes, sonidos, o experiencias.

Almacenamiento: se le llama a la etapa continua a la codificación; cuando la información ya fue codificada, esta puede ser almacenada en la memoria a corto plazo o a largo plazo.

Recuperación: es el proceso final de la memoria, el que nos permite encontrar la información deseada en el momento que la necesitamos. Mediante el recuerdo podemos encontrar información de acontecimientos que fueron guardados en nuestra memoria en el pasado.Dentro de la complejidad de la memoria podemos encontrar tres tipos, con sus respectivas divisiones.
Tipos de memoria: sensorial, a corto plazo y a largo plazo.
Memoria sensorial: tiene la capacidad de registrar por un breve lapso la información que percibimos mediante nuestros sentidos.Dentro de la memoria sensorial podemos identificar dos tipos: memoria ecoica y memoria icónica. 

La memoria ecoica, también llamada sensorial auditiva, se encarga de almacenar por breves  instantes los primeros segmentos del estímulo auditivo; este tipo de memoria es la requerida para llevar a cabo una conversación y por ende para hablar.

La memoria icónicatambién denominada sensorial visual, se encarga en conservar durante un breve periodo de tiempo las imágenes percibidas durante la fijación ocular.
Esta memoria se encarga de captar el movimiento de las imágenes, y que las mismas permanezcan un tiempo en nuestra memoria antes de que estas se desvanezcan.
Memoria a corto plazo, también denominada memoria operativa, retiene la información generada por el medio que nos rodea, pero con una capacidad limitada. La información obtenida desaparece en un lapso de hasta 45 segundos aproximadamente, a menos que esta sea  conservada en nuestra memoria con ayuda de la función de recuperación.
Según la teoría “lapsus de juicio absoluto” de  Miller, en la memoria a corto plazo sólo podemos almacenar siete ítems, con una variación de aproximadamente +/-2, esto se debe a que la memoria a corto plazo tiene una capacidad limitada para procesar los estímulos que han sido generados mediante la percepción de un elemento determinado.Una de las consecuencias más comunes de la memoria a corto plazo es la pérdida de los recuerdos (el olvido).
Memoria a largo plazo: este tipo de memoria puede almacenar permanentemente la información, esta memoria presenta una capacidad ilimitada para el almacenamiento de información.
Dentro de la memoria a largo plazo podemos encontrar varias divisiones: memoria declarativa, procedimental, episódica, semántica, explícita e implícita.
Memoria declarativa: se encarga de almacenar información sobre los acontecimientos; por ej: nombres, fechas, etc.

Memoria procedimental: es la encargada en almacenar el conocimiento de las habilidades motoras y de los procedimientos realizados en el entorno. Nos muestra recuerdos que hemos almacenado mediante la práctica;  por ej: como peinarnos, cómo escribir, etc.

Memoria episódica: este tipo de memoria almacena (en ciertas ocasiones detalladamente) nuestras experiencias. Nos permite recordar vivencias y episodios ocurridos en un determinado lugar.

Memoria semántica: este tipo de memoria almacena el conocimiento necesario para el uso del lenguaje, hechos relacionados con el  mundo y conocimientos generales que no están por lo general basados en experiencias propias.

Memoria implícita: está almacena información inconscientemente sobre hábitos, habilidades y nos permite de esta forma aprender a hacer ciertas cosas sin estar consciente de ello. Por ej: andar en bicicleta.

Memoria explícita: a diferencia de la memoria implícita, con este tipo de memoria si sabemos que contamos con dicha información. La memoria explícita almacena información sobre hechos, aprendizajes y vivencias propias, de las que somos totalmente conscientes.

ACTIVIDAD :

1) LEE CON ATENCIÓN  LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA" INVESTIGA SOBRE LAS ENFERMEDADES  VINCULADAS A LA MEMORIA"

2) REALIZA UN MAPA CONCEPTUAL SOBRE EL TEMA  CON AYUDA DE LA INFORMACIÓN  Y DEL VÍDEO MAS LA INVESTIGACIÓN 

OJO NO CORTAR Y PEGAR PÁRRAFOS 


EXITOS 

BIENVENIDOS :

Este espacio constituye para todos los educandos de la unidad educativa nacional "Antonio Jose de Sucre" del pueblito estado tachira, una herramienta indispensable para vincularse con el proceso educativo actual buscando generar aprendizajes significativos